SP 42 planificación, planificación y desarrollo urbano. SP42.13330.2011 Planificación urbana. Planificación y desarrollo de asentamientos urbanos y rurales. Planificación y desarrollo de áreas de apartamentos.

SP 42.13330.2011 “PLANIFICACIÓN URBANA. PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO DE ASENTAMIENTOS URBANOS Y RURALES.” Desarrollado por un equipo de autores: líder del tema - P.N. Davidenko, Ph.D. arquitecto, miembro correspondiente RAASN; L.Ya. Herzberg, Dr. Técnico. Ciencias, miembro correspondiente. RAASN; B.V. Cherepanov, Ph.D. tecnología. Ciencias, Asesor de RAASN; NS Krasnoshchekova, Ph.D. Ciencias Agrícolas, Asesor de la RAASN; NÓTESE BIEN. Voronina; G.N. Voronova, asesora de RAASN; VIRGINIA. Gutnikov, Ph.D. tecnología. Ciencias, Asesor de RAASN; E.V. Sarnatsky, miembro correspondiente. RAASN; Z.K. Petrova, Ph.D. arquitecto; SK Rejuego, O.S. Semenova, Ph.D. tecnología. Ciencias, Asesor de RAASN; SB Chistyakova, académica de la RAASN; con la participación del Instituto JSC de Edificios Públicos: A.M. Bazilevich, Ph.D. arquitecto; SOY. Granates, Ph.D. arquitecto; GIPRONIZDRAV: L.F. Sidorkova, Ph.D. arquitecto, M.V. Tolmacheva; JSC Giprogor: A.S. Krivov, Ph.D. arquitecto; K.M. Schneider.

Detalles del libro de reglas

  1. CONTRATISTAS: TsNIIP de Planificación Urbana, JSC Instituto de Edificios Públicos, GIPRONIZDRAV, JSC Giprogor.
  2. PRESENTADO por el Comité Técnico de Normalización (TC 465) “Construcción”.
  3. PREPARADO para su aprobación por el Departamento de Arquitectura, Construcción y Política de Desarrollo Urbano.
  4. APROBADO por orden del Ministerio de Desarrollo Regional de la Federación de Rusia (Ministerio de Desarrollo Regional de Rusia) de 28 de diciembre de 2010 No. 820 y entró en vigor el 20 de mayo de 2011.
  5. REGISTRADO por la Agencia Federal de Regulación Técnica y Metrología (Rosstandart). Revisión del SP 42.13330.2010.

Descargue el documento oficial para su revisión.: SP 42.13330.2011 “PLANIFICACIÓN URBANA. PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO DE ASENTAMIENTOS URBANOS Y RURALES” (Edición actualizada del 28 de diciembre de 2010).

SP 42.13330.2011 “PLANIFICACIÓN URBANA. PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO DE ASENTAMIENTOS URBANOS Y RURALES" es un conjunto de normas que fueron compiladas con el objetivo de incrementar el nivel de seguridad de las personas en edificios y estructuras y la seguridad de los bienes materiales durante su realización, de conformidad con la Ley Federal del 30 de diciembre. , 2009 No. 384-FZ "Reglamento técnico sobre seguridad de edificios y estructuras", cumpliendo con los requisitos de la Ley Federal de 23 de noviembre de 2009 No. 261-FZ “Sobre el ahorro de energía y el aumento de la eficiencia energética y sobre la introducción de modificaciones a ciertos actos legislativos de la Federación de Rusia”.

* Teniendo en cuenta el uso de un carril para aparcar coches.

Notas

1 El ancho de calles y vías se determina mediante cálculo en función de la intensidad del tráfico y de los peatones, la composición de los elementos colocados dentro del perfil transversal (calzadas, carriles técnicos para el tendido de comunicaciones subterráneas, aceras, espacios verdes, etc.), teniendo en cuenta en cuenta los requisitos sanitarios e higiénicos y los requisitos de defensa civil. Como regla general, el ancho de las calles y caminos marcados con líneas rojas se considera m: carreteras principales - 50-75; calles principales - 40-80; calles y caminos locales - 15-25.

2 En condiciones de terreno complejo o de reconstrucción, así como en áreas con alto valor urbanístico del territorio, se permite reducir la velocidad de proyecto para vías rápidas y calles de tráfico continuo en 10 km/h con una disminución de los radios. de curvas en planta y un aumento de pendientes longitudinales.

3 Para el movimiento de autobuses y trolebuses en las calles y carreteras principales de las ciudades grandes, grandes y grandes, se debe proporcionar un carril exterior de 4 m de ancho; Para el paso de autobuses durante las horas pico con una intensidad de más de 40 unidades/hora, y en condiciones de reconstrucción, más de 20 unidades/hora, se permite una vía separada de 8 a 12 m de ancho.

En las vías principales con tráfico predominante de camiones, se permite aumentar el ancho del carril a 4 m.

4 En las subregiones climáticas IA, IB e IG, las mayores pendientes longitudinales de la calzada de calles y caminos principales deberán reducirse en un 10%. En zonas con una cantidad de nieve invernal superior a 600 m/m, se deberían prever franjas de hasta 3 m de ancho dentro de las calzadas de calles y carreteras para el almacenamiento de nieve.

5 El ancho de la parte peatonal de aceras y caminos no incluye las áreas necesarias para albergar quioscos, bancos, etc.

6 En las subregiones climáticas IA, IB e IG, en zonas con volúmenes de nevadas superiores a 200 m/m, el ancho de las aceras en las calles principales debe ser de al menos 3 m.

7 En condiciones de reconstrucción en las calles locales, así como con un tráfico peatonal estimado de menos de 50 personas/hora en ambos sentidos, se permite la construcción de aceras y caminos con un ancho de 1 m.

8 Cuando las aceras lindan directamente con las paredes de los edificios, muros de contención o cercas, su ancho debe aumentarse en al menos 0,5 m.

9 Se permite prever el logro gradual de los parámetros de diseño de las calles y caminos principales, intersecciones de transporte, teniendo en cuenta los volúmenes específicos de tráfico y peatones, con la reserva obligatoria de territorio y espacio subterráneo para futuras construcciones.

10 En ciudades pequeñas, medianas y grandes, así como en condiciones de reconstrucción y al organizar el tráfico en un solo sentido, se permite utilizar los parámetros de las calles principales de importancia distrital para diseñar calles principales de importancia para toda la ciudad.

SP 30-102-99

CÓDIGO DE NORMAS DE DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN

PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO DE TERRITORIOS DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS DE BAJA ALTURA

PLANIFICACIÓN Y OCUPACIÓN DE TERRITORIOS DE VIVIENDAS DE PEQUEÑA PLANTA

Fecha de introducción 2000-01-01

PREFACIO

1 DESARROLLADO POR TsNIIEPgrazhdanstroy

2 REVISADO Y APROBADO por el Departamento de Planificación Urbana, Infraestructura y Desarrollo Territorial del Comité Estatal de la Federación de Rusia para la Construcción y la Vivienda y el Sector Comunal (Acta No. 01-NS-15/8 de 17 de agosto de 1999 de la reunión conjunta de las secciones “Planificación Urbana” y “Arquitectura” del STC de Gosstroy Rusia y del Consejo de Expertos de la Glavgosexpertiza de Rusia)

3 ADOPTADO por el Comité Estatal de Construcción de Rusia (resolución de 30 de diciembre de 1999 N 94)

4 ENTRÓ EN VIGOR (orden de TsNIIEPgrazhdanstroy de 24 de noviembre de 1999, N 80 T) a partir del 1 de enero de 2000.

5 PRESENTADO POR PRIMERA VEZ

1 ÁREA DE USO

1 ÁREA DE USO

1.1 Este documento reglamentario del sistema establece requisitos para el desarrollo de áreas de construcción de viviendas de poca altura, como parte y como una estructura de planificación independiente de asentamientos urbanos, rurales y otros, desarrollados de acuerdo con las normas vigentes y los planes maestros de asentamientos aprobados.

2 REFERENCIAS REGLAMENTARIAS

2.1 Se utilizan referencias a los siguientes documentos reglamentarios:

SNIP 2.01.01-82. Climatología y geofísica de la construcción.

SNIP 2.01.15-90. Protección de ingeniería de territorios, edificios y estructuras de procesos geológicos peligrosos. Conceptos básicos de diseño

SNIP 2.07.01-89*. Planificación urbana. Planificación y desarrollo de asentamientos urbanos y rurales.

SNIP 2.08.01-89*. Edificios residenciales

SNIP 2.08.02-89*. Edificios y estructuras públicas.

SNIP 2.04.01-85*. Abastecimiento interno de agua y alcantarillado de edificios.

SNIP 2.04.02-84*. Suministro de agua. Redes y estructuras externas

SNIP 2.04.03-85. Alcantarillado. Redes y estructuras externas

SNIP 2.04.05-91*. Calefacción, ventilación y aire acondicionado

SNIP 2.04.07-86*. Red de calefacción

SNIP 2.04.08-87*. Suministro de gas

SNIP 2.05.13-90. Oleoductos tendidos en ciudades y otras zonas pobladas

SNIP II-12-77. Protección contra el ruido

SNIP II-3-79*. Ingeniería de calefacción en la construcción.

SNIP 01/10/94. Sistema de documentos reglamentarios en construcción. Disposiciones básicas

SNIP 3.05.04-85*. Redes exteriores y estructuras de abastecimiento de agua y alcantarillado.

SNIP 21-01-97*. Seguridad contra incendios de edificios y estructuras.

SNIP 23-05-95. Iluminación natural y artificial.

SNIP 30-02-97. Planificación y desarrollo de territorios de asociaciones de jardinería de ciudadanos, edificios y estructuras.

SP 11-102-97. Estudios de ingeniería y ambientales para la construcción.

SP 11-103-97. Estudios de ingeniería e hidrometeorológicos para la construcción.

SP 11-106-97. Elaboración, coordinación, aprobación y redacción de documentación de diseño y planificación para el desarrollo de territorios de asociaciones de ciudadanos de jardinería.

VSN 59-88. Equipos eléctricos de edificios residenciales y públicos. Estándares de diseño

VSN 62-91*. Diseñar un entorno de vida teniendo en cuenta las necesidades de las personas con discapacidad y de las personas con movilidad limitada.

PUE. Reglas para instalaciones eléctricas.

RDS 30-201-98. Instrucciones sobre el procedimiento para diseñar e instalar líneas rojas en ciudades y otros asentamientos de la Federación de Rusia.

RD 34.20.185-94. Instrucciones para el diseño de redes eléctricas urbanas.

RD 34.21.122-87. Instrucciones para la instalación de protección contra rayos de edificios y estructuras.

SanPiN 2.1.4.027-95. Zonas de protección sanitaria para fuentes de abastecimiento de agua y tuberías de agua potable.

SanPiN 1.6.574-96*. Requisitos higiénicos para la protección del aire atmosférico en zonas pobladas.
________________
*El documento no es válido. SanPiN 2.1.6.1032-01 está en vigor. - Nota del fabricante de la base de datos.

SanPiN 2.2.1/2.1.1.567-96. Zonas de protección sanitaria y clasificación sanitaria de empresas, estructuras y otros objetos.

3 TÉRMINOS Y DEFINICIONES

3.1 En este Código de Reglas, los términos se utilizan de acuerdo con el Apéndice B.

4 PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO DE TERRITORIOS DE CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS DE BAJA ALTURA

4.1 FUNDAMENTOS

4.1.1 Las características de planificación urbana de las áreas de construcción de viviendas de poca altura (tamaño, número de pisos, dimensiones del terreno de apartamentos, etc.) deben estar determinadas por la ubicación del territorio en la planificación y la estructura funcional de las zonas urbanas, rurales y otras. asentamientos, cuyos tipos están definidos en el artículo 5 del Código de Planificación Urbana de la Federación de Rusia. La excepción son los asentamientos mencionados en el párrafo 4 del artículo 6 del Código, que requieren una regulación especial de las actividades de planificación urbana, principalmente en Moscú y San Petersburgo.

4.1.2 Al decidir sobre un plan maestro para edificios de poca altura basado en indicadores naturales, se deben distinguir las siguientes áreas:

favorable para el desarrollo;

requerir medidas de protección de ingeniería de acuerdo con las instrucciones de SNiP 2.07.01, SNiP 2.01.15;

inaceptable para la construcción.

4.1.3 Las áreas de construcción de viviendas de poca altura deben clasificarse de acuerdo con la Tabla 1.

4.1.4 Al ubicar y planificar la organización del territorio para la construcción de viviendas de poca altura, se deben cumplir los requisitos para:

protección del medio ambiente;

proteger el territorio del ruido y los gases de escape de las carreteras de transporte, de las radiaciones eléctricas y electromagnéticas y del radón emitido desde el suelo.

4.1.5 Se deben proporcionar medidas integrales para proteger la naturaleza y mejorar el medio ambiente de los impactos nocivos asociados con las actividades económicas y de otro tipo de acuerdo con las regulaciones que rigen las actividades ambientales.

4.1.6 La insolación de territorios y locales de edificios de poca altura debe proporcionar una duración continua de 3 horas en el período primavera-verano o una duración total de 3,5 horas.

En desarrollo mixto o cuando se colocan edificios de poca altura en condiciones urbanísticas difíciles, se permite reducir la insolación normalizada a 2,5 horas.

La duración estándar requerida de la insolación debe justificarse mediante cálculos realizados por una organización autorizada en la etapa del proyecto de desarrollo y diseño detallado.

4.1.7 La eliminación de basura de áreas de edificios residenciales de poca altura, por regla general, debe llevarse a cabo retirando los desechos domésticos de áreas con contenedores, la distancia desde la cual hasta los límites de edificios residenciales, instituciones para niños y áreas verdes debe ser establezca al menos 50, pero no más de 100 m.

4.1.8 Para garantizar la extinción de incendios de edificios individuales en áreas de construcción de viviendas de poca altura, se deberían proporcionar hidrantes.

El consumo de agua para la extinción de incendios para el cálculo de las redes de circunvalación de calles y líneas de distribución debe tomarse de acuerdo con las Tablas 5, 6 del SNiP 2.04.02.

4.1.9 Si es imposible o poco práctico proporcionar extinción de incendios a edificios individuales desde hidrantes, se permite proporcionarla desde depósitos o depósitos de acuerdo con la Nota 1 de la cláusula 2.11 de SNiP 2.04.02.

4.1.10 Las distancias mínimas de extinción de incendios entre edificios (así como entre edificios exteriores y grupos de edificios en áreas de apartamentos) deben tomarse de acuerdo con la Tabla 1, Apéndice 1 de SNiP 2.07.01.

4.2 RED VIAL

4.2.1 La red de calles y caminos de las áreas de construcción de viviendas de poca altura debe formarse en conjunto con el sistema de calles y caminos previsto por el plan maestro de asentamientos.

4.2.2 Al diseñar y organizar la red vial de zonas residenciales de poca altura, es necesario tener en cuenta:

ubicación de territorios en la estructura del asentamiento;

tipo de territorio, según la clasificación dada en el Cuadro 1;

tipo de edificio(s) residencial(es);

Tamaño y configuración de los territorios.

tabla 1 - Clasificación de zonas residenciales de poca altura con casas con parcelas de apartamentos.

4.2.3 La solución de planificación para el desarrollo residencial de poca altura debe garantizar el paso de vehículos a todos los edificios y estructuras, incluidas las casas ubicadas en parcelas de apartamentos.

4.2.4 El número de carriles de circulación en calles residenciales y entradas de vehículos debería ser:

para calles residenciales: al menos 2 carriles;

para viajar - 1 carril.

El ancho de las tiras debe ser de 3,5 m.

4.2.5 Los pasajes deberían estar provistos de plataformas de paso de al menos 15 m de largo y al menos 7 m de ancho, incluido el ancho de la calzada.

La distancia entre las zonas de circulación, así como entre las zonas de circulación y los cruces, no debe ser superior a 200 m.

La longitud máxima de un camino sin salida de acuerdo con los requisitos de SNiP 2.07.01 no debe exceder los 150 m. Los caminos sin salida cuentan con áreas de giro de al menos 12x12 m. El uso de un área de giro para estacionamiento de automóviles No se permite.

4.2.6 En el territorio de un desarrollo residencial de poca altura, por regla general, se debe proporcionar el 100% de espacios de estacionamiento para almacenar y estacionar automóviles y otros vehículos.

4.2.7 En áreas construidas con edificios residenciales con parcelas de departamentos (bloques de uno, dos departamentos y bloques de departamentos múltiples), el estacionamiento debe ubicarse dentro del área designada.

4.2.8 Los estacionamientos que sirven a edificios de apartamentos de diversos diseños, ubicados en áreas públicas, deben aceptarse de acuerdo con la Tabla 10* SNiP 2.07.01.

4.3 REDES Y ESTRUCTURAS DE INGENIERÍA

4.3.1 La selección de las soluciones de ingeniería de diseño debe realizarse de acuerdo con las condiciones técnicas para el soporte de ingeniería del territorio, emitidas por las autoridades pertinentes responsables de la operación de las redes de ingeniería locales.

4.3.2 Las redes de calefacción y gas, las tuberías de agua y alcantarillado, por regla general, deberían tenderse fuera de la calzada de las carreteras para evitar posibles roturas en la zona de la calzada. En algunos casos, se permite su colocación a lo largo del territorio de las parcelas de apartamentos con el consentimiento de sus propietarios. No está permitido tender redes de gas de alta presión a través de edificios de poca altura.

4.3.3 El suministro de calor y gas a edificios residenciales de poca altura puede realizarse de forma descentralizada (desde generadores autónomos ubicados en apartamentos) y centralizada (desde salas de calderas (GRP) existentes o de nuevo diseño), con los servicios públicos adecuados.

Las distancias desde el punto de distribución de gas a los edificios residenciales deben calcularse de acuerdo con la cláusula 5.3 de SNiP 2.04.08.

4.3.4 El suministro de agua a edificios de poca altura debe realizarse desde sistemas centralizados para edificios de apartamentos de acuerdo con los requisitos de SNiP 2.04.02 y puede organizarse de forma autónoma, para edificios de uno o dos apartamentos, desde pozos de pozo y de tubos poco profundos. , captajes, manantiales de acuerdo al proyecto.

4.3.5 Se permite la entrada de suministro de agua en casas de uno o dos apartamentos si hay una conexión a un sistema de alcantarillado centralizado o si hay un sistema de alcantarillado local.

4.3.6 Se permite prever en edificios residenciales de uno o dos apartamentos la instalación de instalaciones de tratamiento locales con un caudal de aguas residuales no superior a 3 m3/día.

4.3.7 El consumo de agua para el riego de zonas residenciales de edificios de poca altura debería ser de hasta 10 l/m por día; Al mismo tiempo, se debe prever la instalación de contadores en los dispositivos de toma de agua.

4.3.8. El suministro eléctrico de edificios de poca altura deberá diseñarse de acuerdo con el PUE (Normas de Instalaciones Eléctricas) y el RD 34.20.185.

4.3.9. La potencia de los transformadores TP para el suministro de energía a edificios de poca altura debe tomarse según el cálculo.

4.3.10 La red de 0,38 kV debe realizarse mediante líneas aéreas (OHL) o por cable (CL), por regla general, según un circuito derivado abierto o un circuito de bucle en modo abierto con TP de un solo transformador.

4.3.11 Las rutas de líneas aéreas y líneas de cable de 0,38 kV deben pasar fuera de los límites de las áreas de apartamentos, ser accesibles para el acceso a los soportes de la línea aérea por parte de los vehículos de servicio y permitir la excavación sin obstáculos de las líneas de cable.

Los descansos requeridos deberán realizarse de acuerdo con el PUE (Normas de Instalación Eléctrica).

4.3.12 Los ramales desde la línea de 0,38 kV al edificio se podrán realizar:

desde líneas aéreas: con alambres aislados, alambres autoportantes, cable en una cuerda, cable en el suelo;

de líneas de cable tendidas en el suelo mediante la instalación de una caja de derivación de cables fuera de las áreas de los apartamentos.

4.3.13 El panel de distribución de entrada (IDB) debe instalarse dentro de un edificio residencial de apartamentos de acuerdo con el Capítulo 7.1 del PUE. Se permite, de acuerdo con la organización de suministro de energía, instalar un panel de control en el territorio del área del apartamento en un diseño climático apropiado y a prueba de vandalismo.

Al instalar un panel de entrada en un edificio (en el exterior o en el interior), se debe instalar un dispositivo de desconexión en la parte exterior de la pared en la entrada a una altura de 2,5 m en una caja sellada, accesible solo a la organización de suministro de energía.

4.3.14 En áreas de desarrollo de poca altura, se debe proporcionar lo siguiente: comunicaciones telefónicas, transmisión de radio de tres programas, transmisión de televisión, sistemas centralizados de alarma contra incendios y de seguridad y un sistema de control de despacho automatizado.

4.4 PREPARACIÓN DE INGENIERÍA Y PROTECCIÓN DE TERRITORIOS

4.4.1 Las medidas de preparación de ingeniería y protección de territorios deben estar determinadas por el plan maestro y relacionadas con las condiciones naturales, y también deben estar reguladas por la elección de soluciones de planificación, diseño e ingeniería para el desarrollo.

4.4.2 Para eliminar o reducir el impacto tecnogénico de los edificios de poca altura en las condiciones naturales, es necesario prever medidas preventivas:

máxima preservación de la topografía natural con la provisión de un sistema de drenaje de aguas superficiales;

la densidad mínima de la red de redes de servicios públicos subterráneos y su distribución uniforme en el área.

4.4.3 Las áreas en las que no está permitida la construcción de viviendas de poca altura incluyen zonas de manifestaciones activas de procesos geológicos (deslizamientos de tierra, pedregales, karsts, avalanchas, corrientes de lodo, etc.).

5 UNIDADES RESIDENCIALES

5.1 DISPOSICIONES GENERALES

5.1.1 Los edificios residenciales de poca altura incluyen edificios con una altura de hasta 3 pisos inclusive.

5.1.2 Las formaciones residenciales en áreas de construcción de viviendas de poca altura deben consistir, por regla general, en edificios residenciales de un solo apartamento y adosados ​​(con parcelas de apartamentos).

Está permitido utilizar casas de tipo seccional y otras (hasta 4 pisos de altura) con normativa urbanística de acuerdo con SNiP 2.07.01.

5.2 TIPOS DE EDIFICIOS RESIDENCIALES

5.2.1 En la construcción individual, el principal tipo de vivienda es la unifamiliar. Además de las casas de un solo apartamento, se utilizan casas en bloque, incluidas casas de dos apartamentos, con parcelas para cada apartamento.

5.2.2 Los principales tipos de viviendas para la construcción municipal deberían ser bloques de apartamentos, casas seccionales con parcelas de apartamentos o patios frente a algunos apartamentos.

5.2.3 Según el nivel de vida, la vivienda diseñada debería dividirse en dos categorías principales:

viviendas sociales para construcción municipal con límites superiores estandarizados de áreas de apartamentos (según SNiP 2.08.01);

Vivienda para construcción individual con límites inferiores estandarizados de áreas de apartamentos.

Los tipos de apartamentos y sus áreas se presentan en el Apéndice A.

5.2.4 En los asentamientos urbanos, suburbanos y rurales, para las familias que se dedican a actividades laborales individuales, se deben utilizar edificios residenciales con lugar de trabajo (la casa de un médico, la casa de un artesano, la casa de un vendedor de artículos cotidianos, la casa de un granjero , etc.).

Se permite el diseño de viviendas con locales de fontanería, reparación, herrería y similares, siempre que se cumplan los requisitos higiénicos, medioambientales, contra incendios y sanitarios necesarios, con la aprobación de los servicios de supervisión estatales pertinentes.

5.2.5 Las necesidades de vivienda de la población deben satisfacerse no solo mediante nuevas construcciones, sino también mediante la modernización y reconstrucción de edificios residenciales de poca altura que hayan conservado su valor material (ver Tabla 1, notas a pie de página).

5.3 PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO DEL ÁREA DE APARTAMENTOS

5.3.1 Los tamaños límite de los terrenos para casas señoriales, edificios residenciales de uno, dos apartamentos y bloques de apartamentos de varios apartamentos los establecen los gobiernos locales de acuerdo con los códigos de construcción territoriales, dependiendo del tipo de casa y otras características locales.

Los límites, las áreas y el modo de uso de los terrenos en edificios residenciales de varios apartamentos están determinados por la documentación de planificación urbana, teniendo en cuenta la legislación de la Federación de Rusia y los actos legales reglamentarios de las entidades constitutivas de la Federación de Rusia. Las áreas mínimas de parcelas de apartamentos para diferentes tipos de edificios residenciales se dan en la Tabla 1.

5.3.2 Una casa señorial, de uno o dos apartamentos, debe estar a al menos 5 m de la línea roja de calles y al menos a 3 m de la línea roja de accesos. La distancia desde las dependencias hasta las líneas rojas de calles y accesos debe tener al menos 5 m.

5.3.3 En asentamientos rurales y en áreas de edificios de poca altura en ciudades y asentamientos suburbanos (donde se permite la cría de ganado), se permite proporcionar dependencias para la cría de ganado y aves de corral, almacenamiento de piensos, equipos, combustible y otras necesidades del hogar. baños, así como entradas de servicios públicos y corrales para ganado. La composición y el área de las dependencias y edificios para actividades laborales individuales se toman de acuerdo con las características regionales y las asignaciones de diseño.

5.3.4 Hasta el límite de la parcela de apartamentos vecina, las distancias por condiciones sanitarias deben ser al menos: desde una casa señorial, de uno o dos apartamentos y una casa adosada - 3 m, teniendo en cuenta los requisitos del párrafo 4.1.5 de este Código de Reglas; de edificios para la cría de ganado y aves de corral - 4 m; de otros edificios (baño, garaje, etc.) - 1 m; de los troncos de árboles altos - 4 m; altura media - 2 m; desde el arbusto - 1 m.

5.3.5 Los edificios para la cría de ganado y aves de corral sólo podrán adosarse a casas señoriales de uno o dos apartamentos si están aislados de las habitaciones por al menos tres cuartos de servicio; en este caso, las instalaciones para ganado y aves de corral deben tener una entrada exterior aislada ubicada a no menos de 7 m de la entrada a la casa.

5.3.6 Al instalar garajes (incluidos los adjuntos) en las plantas baja y sótano de casas señoriales de uno o dos pisos, casas unifamiliares y adosadas (en casas señoriales, casas de uno o dos departamentos y en la planta baja ), se permite su diseño sin cumplir con las normas para el diseño de automóviles de empresas de servicios.

5.3.7 En asentamientos rurales y en áreas suburbanas de poca altura, se pueden asignar dependencias para ganado y aves de corral fuera de las áreas residenciales para los residentes de edificios de apartamentos. Para edificios de apartamentos, se permite instalar instalaciones de almacenamiento colectivo integradas o independientes para productos agrícolas, cuyo área está determinada por la asignación de diseño.

5.3.8 En áreas construidas con casas señoriales, casas de uno y dos apartamentos, la distancia desde las ventanas de las salas de estar hasta las paredes de la casa vecina y las dependencias (granero, garaje, casa de baños) ubicadas en terrenos adyacentes debe ser al menos 6m.

6 INSTITUCIONES Y EMPRESAS DE SERVICIOS

6.1 DISPOSICIONES GENERALES

6.1.1 Las instituciones y empresas que atienden a la población en áreas de desarrollo de poca altura en asentamientos urbanos, suburbanos y rurales deben ubicarse teniendo en cuenta el tipo de asentamiento, el tamaño de la población atendida y la situación general de planificación urbana, incluida la proximidad de otras instalaciones de servicios y la organización de conexiones de transporte, proporcionando, por regla general, la formación de centros comunitarios, conectados a una red de calles, caminos y caminos peatonales.

Para las personas discapacitadas, es necesario proporcionar acceso, incluso en sillas de ruedas, a edificios y estructuras públicas, teniendo en cuenta los requisitos de VSN 62-91.

6.2 ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO EN TERRITORIOS DE DESARROLLO BAJO EN DIVERSOS TIPOS DE ASENTAMIENTOS

6.2.1 De acuerdo con la clasificación de territorios (ver Tabla 1), la construcción de poca altura se ubica en forma de formaciones residenciales separadas en la estructura de las ciudades, de grande a más grande, así como en formaciones residenciales de tamaño pequeño y mediano. y las grandes ciudades, asentamientos suburbanos y rurales, lo que determina diferencias en la organización de los servicios para su población.

En las ciudades y asentamientos suburbanos, la lista de instituciones que brindan servicios diarios a áreas residenciales de poca altura, por regla general, debe incluir las siguientes instalaciones: instituciones preescolares, escuelas secundarias, complejos deportivos y de ocio, clínicas ambulatorias, quioscos de farmacia, comercio minorista y hogar. instalaciones, oficina de correos, una sucursal de una caja de ahorros, un bastión para el cumplimiento de la ley, un centro de autogobierno administrativo, así como áreas (deportes, recreación, servicios de campo, juegos infantiles). Al mismo tiempo, en una zona suburbana, es necesario tener en cuenta la expansión estacional de las instalaciones estacionarias.

En las zonas rurales, es necesario prever la división de las instituciones y empresas de servicios en instalaciones esenciales en cada asentamiento, comenzando con 50 residentes, e instalaciones básicas de un nivel superior para un grupo de áreas pobladas ubicadas en el centro del gobierno local ( distrito rural, volost, etc.). Además de los edificios estacionarios, es necesario utilizar equipos móviles y estructuras estacionales.

6.2.2 Al calcular el número y la capacidad de las instituciones y empresas de servicios y su ubicación, se debe partir de la necesidad de satisfacer las necesidades de los diversos grupos sociodemográficos de la población.

En ciudades y asentamientos suburbanos, para cálculos aproximados del número y capacidad de instituciones y empresas que prestan servicios a edificios de poca altura y sus áreas, se permite tomar los indicadores que figuran en el Apéndice B. En áreas rurales, para cálculos aproximados de la capacidad de objetos y el tamaño de sus parcelas, se permite tomar los indicadores del Apéndice 7 de SNiP 2.07.01.

6.2.3 La colocación de instituciones y empresas de servicios en zonas residenciales de poca altura debe realizarse:

a) en ciudades y asentamientos suburbanos, teniendo en cuenta los radios de accesibilidad no superiores a los indicados en la Tabla 2.

Tabla 2 - Radios de accesibilidad peatonal de las instalaciones de servicio

Instituciones y empresas al servicio de la población.

Radios
servicio, metro

Preescolares

Escuelas secundarias:

para clases primarias

Locales para actividades deportivas, recreativas y de ocio

Clínicas ambulatorias

Farmacias

Empresas minoristas y de servicios al consumidor para el uso diario.

Oficina de correos y caja de ahorros, bastión de las fuerzas del orden

Centro de autogobierno administrativo


Al ubicar las instalaciones de servicios, es necesario tener en cuenta las instituciones y empresas disponibles en los territorios vecinos, respetando los radios de accesibilidad estándar (excepto las instituciones preescolares y escuelas primarias, cuyas rutas de acceso no deben cruzar la carretera);

b) en las zonas rurales, la prestación de servicios esenciales a los residentes de cada asentamiento debe realizarse a una distancia de no más de 30 minutos (2-2,5 km) a pie; al mismo tiempo, la ubicación de instituciones de mayor nivel de servicio, incluidas las periódicas, debe realizarse dentro de los límites de los municipios con accesibilidad peatonal y de transporte de no más de 60 minutos.

Las restricciones regionales sobre los radios de servicio, la accesibilidad de las instituciones médicas en las zonas rurales y los requisitos de seguridad vial para los estudiantes de primaria se adoptan de acuerdo con la cláusula 5.4 del SNiP 2.07.01.

6.2.4 Las distancias a los edificios y los límites de los terrenos en términos de instituciones preescolares y escuelas secundarias deben tomarse de acuerdo con la cláusula 5.5 de SNiP 2.07.01.

6.3 PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO DE CENTROS COMUNITARIOS

6.3.1 El centro público del territorio de construcción de viviendas de poca altura está destinado a albergar principalmente instalaciones culturales, comercio minorista y servicios al consumidor, edificios y estructuras administrativos, deportivos, recreativos y de ocio.

La lista de objetos de desarrollo en el centro puede incluir edificios residenciales de varios apartamentos con instalaciones de servicios.

En un centro público se debe formar un sistema de espacios-plataformas interconectados (para recreación, deportes, recepción de servicios de extensión) y senderos peatonales.

Dentro del centro público, se debe proporcionar estacionamiento general para vehículos a razón de: por cada 100 visitantes únicos: de 7 a 10 espacios de estacionamiento y de 15 a 20 bicicletas y ciclomotores.

6.3.2 En ciudades pequeñas y asentamientos suburbanos en áreas de desarrollo residencial de poca altura, se permite el uso de pequeñas empresas, cuya ubicación se acuerda con las autoridades de supervisión estatales. En los asentamientos rurales se permite la ubicación de pequeñas empresas, incluidas aquellas que combinan servicios y producción de servicios, que no requieran la construcción de zonas de protección sanitaria superiores a 50 m.

6.3.3 El desarrollo de un centro público en una zona de construcción de poca altura puede estar formado tanto por edificios separados como por instituciones y empresas que juntas, gracias a los métodos de cooperación y bloqueo, forman complejos multifuncionales de servicios públicos, así como como objetos incluidos en la estructura de un edificio residencial.

El diseño de edificios y estructuras públicas debe realizarse de acuerdo con SNiP 2.08.02.

6.3.4 En comparación con los edificios públicos independientes, los indicadores calculados del área del sitio para los edificios deben reducirse: adjuntos en un 25%, incorporados y adjuntos, hasta un 50% (con excepción de las instituciones preescolares).

6.3.5 Para organizar servicios en los territorios de construcción de viviendas de poca altura, se permite ubicar instituciones y empresas que utilicen una forma de actividad individual: un jardín de infancia, una tienda, una cafetería, un centro de salud y ocio, una peluquería, una estudio fotográfico, etc., integrados en edificios residenciales de poca altura, con alojamiento principalmente en la primera y la planta baja. En este caso, el área total de las instituciones incorporadas no debe exceder los 150 m. Las instituciones y empresas mencionadas pueden tener un significado central y estar ubicadas en la parte central de un asentamiento o formación residencial. Al establecer talleres integrados para reparación y alquiler de automóviles, reparación de electrodomésticos, así como locales para servicios funerarios, dichas instalaciones deben ubicarse en las afueras del asentamiento. No se permite la construcción de empresas integradas nocivas para la salud pública (máquinas de rayos X, almacenes de materiales de construcción, almacenes de mosquitos y productos químicos, etc.) en edificios de poca altura.

Las instituciones públicas integradas deben tener entradas aisladas de la parte residencial del edificio. El sitio de la institución incorporada debe dividirse en una parte residencial y otra pública, en esta última hay una zona para visitantes y un patio de servicios públicos. Se deberá disponer de aparcamiento para vehículos antes de acceder al edificio.

6.3.6 Las necesidades de servicios de la población deben satisfacerse mediante nuevas construcciones y la reconstrucción de las instalaciones existentes, especialmente en las zonas rurales y los asentamientos suburbanos.

Tipo de construcción

Número de habitaciones (tipos de apartamentos)

Tamaño de los apartamentos (pequeños, grandes)

A Construcción municipal - límites superiores de la superficie de los apartamentos, m (SNiP 2.08.01), - 18 m/persona:

ciudad, pueblo

B Construcción individual - límites inferiores de la superficie del apartamento, m, - 18 m/persona.

Notas

1 No existen límites superiores para el área de apartamentos para construcción individual.

2 La proporción de tipos de apartamentos por número de habitaciones y superficie para regiones y asentamientos específicos la determina la administración local, teniendo en cuenta las necesidades demográficas, el nivel alcanzado de provisión de viviendas para la población y la disponibilidad de recursos para la construcción de viviendas.

APÉNDICE B (recomendado). LISTA E INDICADORES INDICATIVOS CALCULADOS DE LA SEGURIDAD DE LAS INSTALACIONES DE SERVICIOS Y LOS TAMAÑOS DE SUS ÁREAS EN TERRITORIOS DE DESARROLLO DE BAJA ALTURA EN CIUDADES Y ASENTAMIENTOS SUBURBANOS

Instituciones y empresas de servicios.

Indicadores

Tamaños de terrenos.

Instituciones preescolares, % de cobertura

Dependiendo de la estructura demográfica, la cobertura está dentro del 50%

Al menos 35 m por plaza.

Escuelas de educación general, % de matrícula

Dependiendo de la estructura demográfica, cobertura del 100% de los estudiantes de primaria (I y II etapas), del 50% de los estudiantes de secundaria (III etapa)

Al menos 16 m por plaza

Complejo deportivo y de ocio, m totales. área por 1000 personas

0,2-0,5 ha por sitio

Clínicas ambulatorias:

clínicas, visitas por turno por 1000 personas.

0,5 ha por sitio

consultorios ambulatorios, generales área por 1000 personas

0,2 ha por sitio

Quioscos de farmacia, m totales. área por 1000 personas

0,05 ha por objeto o incorporado

Empresas comerciales cotidianas, m comercio. área por 1000 personas:

Comestibles

tiendas no alimentarias

al objeto

Empresas de servicios al consumidor, trabajadores. lugares para 1000 personas

0,15 ha por sitio

Departamento de comunicaciones, objeto.

0,1-0,15 hectáreas
al objeto

Sucursal de Sberbank, general. área por 1000 personas

Bastión policial, instalación

Centro de Autogobierno Administrativo, instalación

Notas

1 Hay escuelas: secundaria y básica, a partir de una población de 2 mil personas, primaria, a partir de 500 personas.

2 La ubicación de las clínicas se puede garantizar en el territorio de las zonas residenciales más cercanas, sujeto a la accesibilidad reglamentaria.

APÉNDICE B (obligatorio). TÉRMINOS Y DEFINICIONES

APÉNDICE B
(Requerido)

Objetos básicos- instituciones y empresas que organizan y brindan servicios periódicos a un grupo de asentamientos dentro de los límites del territorio del gobierno local.

Edificio residencial bloqueado- una casa que consta de dos o más apartamentos, cada uno de los cuales tiene acceso directo a su propia zona de apartamentos.

Instituciones y empresas integradas, integradas y adjuntas.- instituciones y empresas incluidas en la estructura de un edificio residencial u otra instalación.

Educación residencial- formación de planificación funcional en forma de: un asentamiento (pueblo) de edificios de poca altura, un complejo de edificios de poca altura, un grupo de edificios de poca altura.

Construcción de viviendas individuales.- una forma de proporcionar vivienda a los ciudadanos mediante la construcción de viviendas de propiedad personal, realizada con la participación directa de los ciudadanos o por su cuenta.

Desarrolladores individuales (individuos)- ciudadanos que, de acuerdo con el procedimiento establecido, recibieron un terreno para la construcción de un edificio residencial con dependencias para el funcionamiento de un terreno subsidiario personal y realizan esta construcción por sí mismos o con la participación de otras personas u organizaciones de construcción. .

Desarrollo residencial de poca altura- complejo residencial de hasta 4 plantas inclusive, que garantiza, por regla general, una conexión directa entre los apartamentos y el terreno.

Microcentros- instalaciones que unen instituciones y empresas de necesidad esencial y capacidad mínima para atender a pequeños asentamientos.

Servicio público- proporcionar a los residentes los servicios necesarios; en áreas de desarrollo residencial de poca altura, por regla general, se organizan servicios diarios, que brindan a los residentes servicios esenciales y, en algunos casos, servicios periódicos, que brindan servicios de demanda semanal y menos frecuente.

Centro Comunitario- territorio para la ubicación primaria de instalaciones de servicios y la implementación de diversos procesos sociales (comunicación, recreación, comercio, etc.). El centro público tiene límites y una modalidad de finalidad funcional prevista establecida por la documentación urbanística.

Edificio residencial unifamiliar- un edificio residencial destinado a residencia unifamiliar y que tiene una parcela adyacente.

Área de apartamentos- un terreno adyacente al apartamento (casa), con acceso directo al mismo.

Infraestructura social- un conjunto de objetos de servicios y las relaciones entre ellos, terrestres y remotos, dentro de una formación urbanística (territorio, asentamiento, grupo de asentamientos, etc.).

Territorio de construcción de viviendas de poca altura.- parte del territorio residencial del asentamiento o del asentamiento en su conjunto. Diseñado para albergar edificios residenciales de poca altura, instalaciones de infraestructura social, ingeniería y comunicaciones de transporte.

Casa residencial señorial- Casa unifamiliar con terreno adyacente, edificaciones, para agricultura subsidiaria.


Texto de documento electrónico
preparado por Kodeks JSC y verificado con:
publicación oficial
M.: Gosstroy de Rusia, Empresa Unitaria Estatal TsPP, 2000

Antes de enviar una apelación electrónica al Ministerio de Construcción de Rusia, lea las reglas de funcionamiento de este servicio interactivo que se detallan a continuación.

1. Se aceptan para su consideración las solicitudes electrónicas dentro del ámbito de competencia del Ministerio de Construcción de Rusia, cumplimentadas de acuerdo con el formulario adjunto.

2. El recurso electrónico podrá contener una manifestación, queja, propuesta o solicitud.

3. Los llamamientos electrónicos enviados a través del portal oficial de Internet del Ministerio de Construcción de Rusia se presentan para su consideración al departamento de atención de los llamamientos de los ciudadanos. El Ministerio garantiza un examen objetivo, exhaustivo y oportuno de las solicitudes. La revisión de las apelaciones electrónicas es gratuita.

4. De conformidad con la Ley Federal No. 59-FZ de 2 de mayo de 2006 "Sobre el procedimiento para considerar las apelaciones de los ciudadanos de la Federación de Rusia", las apelaciones electrónicas se registran dentro de los tres días y se envían, según el contenido, a la estructura divisiones del Ministerio. La apelación se considera dentro de los 30 días siguientes a la fecha de registro. Una apelación electrónica que contiene cuestiones cuya solución no es competencia del Ministerio de Construcción de Rusia se envía dentro de los siete días siguientes a la fecha de registro al organismo competente o al funcionario correspondiente cuya competencia incluye la resolución de las cuestiones planteadas en la apelación. con notificación de ello al ciudadano que envió el recurso.

5. No se considerará recurso electrónico si:
- ausencia del apellido y del nombre del solicitante;
- indicación de una dirección postal incompleta o poco fiable;
- la presencia de expresiones obscenas u ofensivas en el texto;
- la presencia en el texto de una amenaza a la vida, la salud y los bienes de un funcionario, así como a los miembros de su familia;
- utilizar un diseño de teclado que no sea cirílico o solo letras mayúsculas al escribir;
- ausencia de signos de puntuación en el texto, presencia de abreviaturas incomprensibles;
- la presencia en el texto de una pregunta a la que el solicitante ya ha recibido una respuesta escrita sobre el fondo en relación con apelaciones enviadas anteriormente.

6. La respuesta al solicitante se envía a la dirección postal especificada al completar el formulario.

7. Al considerar una apelación, no se permite la divulgación de la información contenida en la apelación, así como de información relacionada con la vida privada de un ciudadano, sin su consentimiento. La información sobre los datos personales de los solicitantes se almacena y procesa de conformidad con los requisitos de la legislación rusa sobre datos personales.

8. Las apelaciones recibidas a través del sitio se resumen y se presentan a los líderes del Ministerio para información. Las respuestas a las preguntas más frecuentes se publican periódicamente en las secciones “para residentes” y “para especialistas”

Compartir